Obtener ayuda
Si sospecha o sabe de un caso de abuso o negligencia infantil, comuníquese con la Línea Directa de Abuso de Texas.
Llamar a la línea directa
Reportar en línea
Reportar abuso
Texas tiene leyes civiles y penales para proteger a los niños del abuso y la negligencia. Si sospecha que un niño está siendo abusado o descuidado, la ley requiere que lo informe.
Los signos y síntomas del abuso infantil tienden a ser sutiles, pero puede detectar síntomas de abuso y negligencia si sabe qué buscar. Algunos niños no pueden o no quieren llorar o pedir ayuda cuando la necesitan, incluso si sus vidas pueden estar en peligro. Si cree que alguien está lastimando o maltratando a un niño, debe actuar.
Mientras más pronto reciban ayuda los niños abusados, mayores posibilidades tienen de recuperarse de su abuso y no perpetuar el ciclo.
Recursos
Preguntas frecuentes
¿Cómo denuncio el abuso?
Si alguien está en peligro inmediato, llame al 9-1-1. Para reportar sospechas de abuso, llame a la línea directa gratuita de abuso de 24 horas al 1-800-252-5400 desde cualquier lugar de los Estados Unidos para reportar abuso o negligencia que ocurrió en Texas. Lo importante es llamar y denunciar lo que sospecha.
No informar sobre la sospecha de abuso y negligencia infantil es un delito penal (Código de Familia de Texas, Sección 261.109).
¿Qué sucede cuando denuncio un abuso?
Se le dará un número de identificación de llamada para demostrar que hizo la llamada. Puede devolver la llamada y usar el número de identificación de llamada para brindar información adicional sobre el mismo caso.
Esté preparado para proporcionar tanta información como sea posible, incluido el nombre, la fecha de nacimiento y la dirección de la víctima, e información sobre el presunto abuso y el perpetrador.
¿Puedo denunciar de forma anónima?
Las personas que llaman anónimas son bienvenidas, pero no se les dará un número de identificación de llamada. La identidad del denunciante es confidencial y no se revela a nadie más que a las fuerzas policiales, a menos que un tribunal ordene la divulgación (Sección 261.201 del Código de Familia de Texas).